¿Cómo colegiarse?
El Colegio Farmacéutico de la Provincia del Neuquén, no es un Colegio de Ley, por lo cual, no gestiona ni fiscaliza las matrículas de los profesionales farmacéuticos. Este trámite es realizado por el Ministerio de Salud de la Provincia del Neuquén, y es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión en nuestra provincia.
Consultar en: https://salud.neuquen.gob.ar/matriculaciones/
Para la colegiación ó asociación al Colegio Farmacéutico (trámite independiente de la matriculación) los farmacéuticos deben completar el formulario disponible al final de esta página. Antes de hacerlo, deben asegurarse de tener todos los siguientes documentos listos para subirlos en formato JPG o PDF (fotos ó imágenes legibles)
- Título Original: Fotocopia autenticada por escribano o Juez de Paz.
- DNI: Foto legible frente y dorso.
- Matrícula Provincial Expedida por el Ministerio de Salud de la Provincia del Neuquén: Foto legible frente y dorso, ó si el formato es Digital, una descarga ó captura de pantalla de la misma.
- Constancia de CUIT o CUIL (se obtiene desde la página de ANSES).
- Certificado de antecedentes laborales: En caso de haber trabajado, junto con el número de matrícula anterior.
- Certificado de antecedentes Penales: Expedido por el Registro Nacional de Reincidencia. Obtener Certificado: http://www.dnrec.jus.gov.ar/
- Foto digital

Pago de Inscripción y Cuota Mensual:
Una vez aprobado el ingreso por la Comisión Directiva, se debe abonar:
Inscripción: $10000
– Cuota mensual:
– Categoría A o B (*): $4500
– Categoría Adherente (**): $3300
(*)
Categoría A: Farmacéuticos Directores Técnicos de farmacias pertenecientes a Colegio Farmacéutico Neuquén
Categoría B: Farmacéuticos Co Directores Técnicos de farmacias pertenecientes a Colegio Farmacéutico Neuquén.
(**)
Categoría Adherente: Farmacéuticos Directores ó Co Directores de Farmacias que no pertenecen a Colegio Farmacéutico Neuquén, ó de Droguerías, Hospitales, Clínicas, Distribuidoras de Productos Médicos, Centrales de Esterilización, ó cualquier otro ámbito de ejercicio de la profesión.
Forma de Pago:
Las cuotas societarias se descontarán mensualmente de la liquidación de la farmacia en la que se trabaje (para Categorías A y B).
Si no se trabaja en una farmacia del colegio (Categoría Adherente), las cuotas se abonarán mediante transferencia bancaria y/o depósito a la cuenta del Colegio Farmacéutico, cuyos datos se proporcionarán en la oficina del colegio.
Caja Previsional para Profesionales de la Provincia del Neuquén:
-La existencia de la ley provincial neuquina del año 1993 (Nº 2223) crea la figura de la Caja Previsional para Profesionales de la Provincia del Neuquén, y la ley Nº 2045 faculta a los Colegios de profesionales a “Crear, organizar y administrar un Sistema de Jubilaciones, Pensiones y Retiros con carácter Obligatorio para sus matriculados, colegiados o asociados que tengan domicilio real en la Provincia del Neuquén”.
El domicilio se acredita a partir del DNI presentado por el farmacéutico en el momento de su solicitud de alta de asociado al colegio, recordando la obligatoriedad de actualización de los datos consignados, en caso de modificación.
Por ello, la inscripción en Caja Previsional es obligatoria para aquellos farmacéuticos asociados al colegio, que tengan domicilio en su DNI en la Provincia del Neuquén.
-La obligatoriedad de realizar el aporte previsional a esta Caja es para autónomos, propietarios ó independientes. Todos ellos deben realizar el aporte a esta caja, de manera obligatoria. El trámite de inscripción se realiza desde el Colegio Farmacéutico, teniendo el asociado que completar la documentación correspondiente.
- El pago del aporte previsional para inscriptos se puede realizar de forma autónoma, ó descontar de liquidaciones de colegio, en caso de que el mismo sea titular de una farmacia colegiada, ó cuente con la autorización del propietario.
-A su vez, la caja obliga a sus inscriptos a realizar el aporte mientras ejerzan la profesión, aún estando jubilados.
- Los farmacéuticos que tengan domicilio en la provincia del Neuquén, pero que trabajen bajo relación de dependencia exclusiva, también deben inscribirse pero están exentos del pago (no están obligados a realizar dicho aporte) y deben completar formularios adicionales para la aprobación de la exención. Obviamente, en caso de querer realizar aportes, estos son tomados como “aportes voluntarios”. Este trámite también se realiza desde el Colegio Farmacéutico, y tiene un arancel que corresponde al 6% del aporte máximo estipulado (es el de profesionales que tienen 41 años de edad en adelante)
-La exención no aplica para autónomos, monotributistas, ó formatos mixtos (de relación de dependencia y monotributo simultáneo) que registren esta inscripción para el ejercicio de la profesión (excluye otras categorías no vinculadas con el ejercicio de la profesión farmacéutica)
Únicas situaciones en donde no se requiere la inscripción de un farmacéutico en la caja previsional:
- Que no sea asociado a este colegio
- Que estando asociado tenga domicilio en otra provincia que no sea Neuquén
Formularios adicionales para la inscripción y posible exención en la Caja previsional:
• Carátula de documentación presentada
Más información:
https://www.cajaprevnqn.com.ar/
https://www.cajaprevnqn.com.ar/index.php/normativas/leyes